Actualización Sobre las Tarifas ARESEP para la Medición Neta
Durante mucho tiempo hemos estado esperando evidentemente que se promulgue la política de medición. Cada vez que ARESEP y MINAE estuvieron cerca de completarlo tuvieron que extender el proceso debido a los cambios.
Costa Rica Solar Solutions esperaba que todo se completara en julio de 2015, pero con el cambio de política de los servicios públicos a privados que extendió el proceso y el Presidente de Costa Rica creó un decreto para respaldarlo.
El 9 de marzo de 2016, ARESEP publicó la metodología y los aranceles. Se han completado los foros abiertos y ahora se establece un plazo para el 7 de abril de 2016 para que las compañías eléctricas permitan la medición neta.
Siga este enlace para obtener más información sobre tarifas, no han cambiado mucho. ICE es .05 centavos por kWh y CNFL es .03 centavos por kWh con un año de operaciones bancarias. Enlace a tarifas de ARESEP
Ahora estamos teniendo reuniones con las compañías eléctricas para averiguar cuál es el proceso de permisos para ICE y CNFL. Esperando poder presentar los permisos antes del 7 de abril.
Comprendemos que el proceso ha sido largo y frustrante, pero Costa Rica está haciendo un cambio en toda su política energética. Pronto verá los beneficios de tener energía solar para reducir su costo y su dependencia de ICE.
Tasas de acceso distribuido de generación de tarifas: RIE-058-2015 – Establece las siguientes tarifas para la red de distribución de conceptos de acceso de generadores de pequeña escala para su propio consumo que estén integrados en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), de la siguiente manera:
Esta tasa es aplicable a los kWh consumidos por el generador a pequeña escala para su propio consumo que están integrados en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de su propia generación, de conformidad con la Regla POASEN (Artículo XII). Para los kWh consumidos desde la red de distribución se aplicará la tarifa establecida en los esquemas tarifarios existentes de cada empresa, los cuales ya incluyen el acceso a los costos fijos correspondientes a la red de distribución respectiva. Si el consumo de un mes en particular es cero, el costo de acceso se calcula con base en el promedio de la energía consumida en los últimos 6 meses, independientemente del origen de la energía consumida (generación propia autoconsumida o suministrada por el distribuidor).
En el caso de las tarifas que se cobran por energía y potencia y menor límite de consumo, este límite debe entenderse como calculado a partir del consumo total, independientemente del origen de la energía consumida (propia generación autoconsumida o suministrada por el distribuidor) .
Tasas de interconexión: RIE-059-2015 – Se corrigieron los siguientes cargos de interconexión para generadores de pequeña escala para consumo propio que están integrados en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) aplicable a todas las empresas distribuidoras según el tipo de medidor, como se detalla a continuación:
Cargo (colones): para los usuarios que requieren un medidor monofásico que tiene lectura remota, el distribuidor puede cobrar un monto adicional de hasta ¢ 335,638, siempre que esté técnicamente justificado y este concepto esté incluido en el contrato respectivo. Aplicación: cargo de interconexión es el costo que todos los distribuidores de electricidad le cobrarán a la persona interesada para interconectar y operar un generador (dejar de operar o trabajar) de acuerdo con la norma técnica AR-NT-POASEN y otras regulaciones promulgadas por la Autoridad Reguladora. Los costos que se muestran incluyen las inspecciones básicas previstas en el procedimiento para la interconexión de micro y mini generadores a la red de distribución de electricidad. Las inspecciones adicionales tendrán un costo equivalente al costo fijo del servicio.
Precios de venta de excedentes: RIE 54-2015 – La tasa de venta del excedente (incluye el costo ponderado de la compra de electricidad del ICE y su propio sistema de generación), que consistiría en pagarle a la empresa de distribución por cada kWh de excedente inyectado en el sistema: Superávit de venta 2015: venta excedente 2016: